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COM. A 7193 (BCRA) – EXTERIOR Y CAMBIOS - ADECUACIONES

 Nuevas disposiciones para al acceso de los importadores al Mercado de Cambios 

COM. A 7193 (BCRA) – EXTERIOR Y CAMBIOS - ADECUACIONES

De acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A” 7193 de fecha 30/12/2020, el Banco Central de la República Argentina dispuso condiciones adicionales para el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) de los importadores que deben cumplir con sus obligaciones con el exterior, destacándose lo siguiente:
1)    Las disposiciones previstas en los puntos 2 y 3 de la Comunicación “A” 7030 y complementarias, se mantendrán en vigor hasta el 31.03.2021 inclusive.
 
2)    Se modifica el punto 2.7, quedando incluido en el punto 2.1, todo lo referente a pagos anticipados de importaciones.   

3)    Reemplaza el punto 2 de la Com.”A”7123: Se establece que el monto por el cual los importadores podrán acceder al Mercado, se incrementará por el equivalente al 50% de los anticipos o prefinanciaciones de exportaciones ingresados y liquidados a partir del 02.10.2020.

Para operaciones liquidadas a partir del 04.01.2021, podrán aplicar el 50% restante para pagos anticipados de bienes de capital. La entidad financiera deberá contar con la documentación respaldatoria que permita establecer que los bienes corresponden a las posiciones arancelarias clasificadas como BK en la Nomenclatura Común del Mercosur (Dec.690/02 y complementarias).    

4)    Se deja sin efecto el punto 10.3.2.5 del Texto Ordenado de “Exterior y Cambios”, relacionado al pago de hasta USD 2MM de deudas antiguas a empresas vinculadas.

5)    Se establece que las personas humanas y/o jurídicas que se encuentren en la base de datos de AFIP por datos de facturas o documentos equivalentes calificados como apócrifos,  deberán contar con la conformidad previa del BCRA para acceder al Mercado de Cambios para el pago de diversos conceptos indicados en la norma de “Exterior y Cambios”, no aplicando para la cancelación de financiaciones en moneda extranjera, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito o compra.


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