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Circular Informativa del Área Operativa N° 43/ 2023

Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior 

Circular Informativa del Área Operativa N° 43/ 2023

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7892 – Exterior y cambios.

Se comunica que el Banco Central de la República Argentina, a partir del día de la fecha, ofrecerá "Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en dólares y liquidables en pesos por el Tipo de Cambio de Referencia (LEDIV) a tasa cero". 
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7892.pdf

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7893 - Exterior y cambios. Adecuaciones.

Se establece que los clientes que accedan al mercado de cambios para realizar pagos de servicios a no residentes quedarán exceptuados de convalidar la operación en el sistema informático “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior” implementado por la AFIP y de los plazos previstos en los puntos 1. y 2. de la Comunicación “A” 7746, en la medida que cuenten con una declaración SIRASE en estado “APROBADA” y el pago se concrete simultáneamente con una liquidación de un endeudamiento financiero con el exterior que tenga una vida promedio no menor a 6 (seis) meses y no registre vencimientos de capital durante los primeros 3 (tres) meses desde la liquidación en el mercado de cambios.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7893.pdf

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7894 - Exterior y cambios. Adecuaciones

Se establece que de tratarse de contravalores ingresados entre el 24.11.23 y 10.12.23 inclusive, la obligación podrá considerarse totalmente cumplimentada, cuando antes de la segunda fecha, al menos el 50% de lo percibido se haya liquidado por el mercado de cambios y por el porcentaje restante, el cliente haya concretado operaciones de compraventa con títulos valores adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7894.pdf

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7895 - Exterior y cambios. Adecuaciones.

Se suspende con vigencia a partir del 24.11.23 lo dispuesto en el punto 3.9. de las normas de “Exterior y cambios” relativo al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la aplicación simultánea a la compra de inmuebles en el país a partir de préstamos hipotecarios otorgados por entidades financieras locales.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7895.pdf

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7897 - Exterior y cambios.

Se comunica que, a partir del día de la fecha, la oferta de "Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en dólares y liquidables en pesos por el Tipo de Cambio de Referencia (LEDIV) a tasa cero" que realice el Banco Central de la República Argentina, se ajustará a entidades financieras por cuenta y orden de aquellos importadores de bienes que clasifiquen como MiPyMes según lo dispuesto en las normas de “Determinación de la condición de micro, pequeña y mediana empresa” por hasta el equivalente en pesos que se fija en la Com. “A” 7874, bajo las condiciones que rigen en la mencionada comunicación, en forma alternativa y por hasta el remanente del importe susceptible de ser acreditado en la cuenta que contempla, entre otras condiciones que figuran en la presente comunicación. Modifica Com.”A”7892.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7897.pdf

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE COMERCIO
Resolución 2114/2023

Se actualiza los valores de referencia del trigo establecidos en el Anexo. Se sustituye el Anexo III de la Resolución N° 355 de fecha 7 de abril de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias por el Anexo que, como IF-2023-138537335-APN-SSPMIN#MEC, forma parte integrante de la presente medida.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/298826/20231122

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 955/2023

Se incorpora a la nómina de importadores los Proyectos individualizados en el Anexo (IF-2023-132096237-APN-DNGE#MEC), que forma parte integrante de la presente medida, a los que corresponde extender la excepción establecida en el Artículo 1° de la Resolución N° 714 de fecha 30 de agosto de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, todos ellos vinculados a la generación de energía eléctrica.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/298943/20231123

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 952/2023

Se prorroga el plazo de vigencia del Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (RIAIC) previsto en el Artículo 7° del Decreto N° 461 de fecha 6 de septiembre de 2023, para todas las operaciones de importación de gasoil y/o naftas grado DOS (2) o grado TRES (3) respectivamente, realizadas entre el 1° de noviembre y el 30 de noviembre de 2023, ambas fechas inclusive.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/298941/20231123


Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.

CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
28 de noviembre del 2023