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Acuerdo Mercosur - Corea del Sur: consulta al sector privado

Se solicita manifestar posición sobre el acceso al mercado argentino. Exclusivo Socios CaCEC

Acuerdo Mercosur - Corea del Sur: consulta al sector privado

En el marco de las negociaciones en curso para el Acuerdo MERCOSUR-Corea del Sur, se encuentra abierta la primera etapa de consulta al sector empresario argentino para que emitan su posición negociadora sobre las condiciones de acceso al mercado argentino para los bienes de origen coreano.

Este relevamiento es de vital importancia para empresas con negocios de exportación y/o importación con dicho mercado (tanto de bienes finales como de insumos básicos o intermedios), como así también para las que aspiren a desarrollarlos.  Tener presente en este punto el factor reciprocidad y que en breve seguramente se abrirá la segunda etapa de consulta al sector empresario argentino (acceso al mercado coreano para bienes de origen argentino).

Para participar de la consulta, primero se debe descargar el Formulario de Consulta (click aquí) en su PC y luego abrirlo desde Microsoft Excel. Debajo se detallan los lineamientos de uso de dicho formulario:

Columnas A-B-C-D-E: no son editables ya que solamente se destinan a proveer información sobre el Arancel Externo Común (AEC) de MERCOSUR y el Derecho de Importación Extrazona (DIE) aplicado por Argentina para cada producto, según la VI Enmienda actualizada de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).

Columnas F-G-H: son editables y se deben completar para expresar la posición negociadora. 
· Columna F: aquí debe indicarse el periodo de desgravación arancelaria que la empresa acepta y/o solicita para la posición arancelaria en cuestión. Según niveles de competitividad, previsiones para la industria (corto, mediano y largo plazo), oportunidades de acceso a mercado y sensibilidades específicas del sector, la desgravación indicada reflejará la posición de la empresa en cuanto a necesidades de abastecimiento de bienes de origen coreano y/o eventual o actual competencia en el mercado argentino con bienes de dicho origen.
· Columna G: Ingresar SI / NO en función de si se acepta y/o solicita reciprocidad a la República de Corea en el periodo de desgravación arancelaria.
· Columna H (opcional): indicar otras condiciones bajo las cuales el producto en cuestión podría ser liberalizado o acelerar la desgravación. Por ejemplo, regla de origen, compras públicas,  barreras sanitarias, reconocimiento de reglamentos técnicos, propiedad intelectual, etc.

Una vez completado el formulario, favor enviarlo a ginobaldissare@cacec.com.ar y cacec@cacec.com.ar  

El plazo límite es el jueves 23 de mayo de 2019 a las 12:00 hs.